Los partidos políticos constituyen un elemento fundamental de las democracias (Schattschneider 1964, Mair 1997, Stokes 1999), dado que tienen un papel importante como mecanismos de representación, tanto a nivel electoral como institucional (Valenzuela 2008: 24). Los partidos presentan candidaturas para competir en elecciones por los puestos de representación y, una vez en las instituciones, agregan y canalizan los intereses de los ciudadanos (Almond y Coleman 1970). En América Latina, los partidos son una parte esencial de su vida política y cuentan con una amplia regulación jurídica (Bareiro y Soto 2007: 589), especialmente importante a partir de 1978. En este sentido, dos de los elementos más relevantes a la hora de estudiar la regulación de los partidos son la inscripción y la supervivencia de los partidos políticos.
La inscripción de los partidos políticos es abordada en diversas reformas de las normativas nacionales en los diferentes países de América Latina entre 1978 y 2015. Se entiende por inscripción de partidos políticos a todos aquellos mecanismos que regulan cómo se crean y se registran los partidos políticos (Román y Chavarría 2010). De los 18 países estudiados de la región, todos emprendieron reformas legales relacionadas con la incorporación o modificación de los mecanismos de inscripción de partidos políticos durante el periodo 1978-2015. Las reformas se dieron en Argentina (1985), Bolivia (1999, 2004), Brasil (1995), Chile (1985), Colombia (1994, 2003, 2005), Costa Rica (2009), Ecuador (1978, 2000, 2008), El Salvador (1992, 2013), Guatemala (1985), Honduras (1985, 2004), México (2014), Nicaragua (1983, 2000), Panamá (1983, 1993, 2006), Paraguay (1990, 1992), Perú (1997, 2001, 2003 [I y II], 2005, 2009), República Dominicana (1997, 2008), Uruguay (2009) y Venezuela (2010).
Las reformas relacionadas con la inscripción de partidos políticos se centraron en cinco elementos principales: la documentación necesaria que se debe presentar para inscribir un partido, el porcentaje o número de firmas solicitado, los plazos de inscripción en los registros de los órganos electorales competentes de cada país, la estructura interna previa de los partidos antes de su inscripción (comités directivos) y el número de afiliados requerido para la inscripción. De un total de 35 reformas, 18 se han orientado a modificar el porcentaje o número de firmas necesario para el registro de los partidos políticos (Bolivia 2004; Colombia 1994, 2003, 2005; Costa Rica 2009; Ecuador 2008; El Salvador 1992, 2013; Honduras 2004, Nicaragua 2000; Panamá 1983; Paraguay 1990; Perú 1997, 2001; República Dominicana 1997, 2009; Uruguay 2009; Venezuela 2010). Estas reformas dan cuenta de una tendencia a solicitar porcentajes o una cantidad de firmas cada vez mayor.
Más aun, el elemento que ha atravesado por más reformas es el referente a la documentación necesaria para inscribir al partido, con 23 reformas. Ecuador lidera en este aspecto, ya que ha reformado esta materia en 3 oportunidades, seguido por El Salvador, Honduras, Perú y República Dominicana, que lo han hecho en 2 ocasiones. De esta forma, se observa una tendencia al aumento de requisitos de documentos. Ello evidencia que las reformas sobre inscripción de partidos han tendido hacia una mayor regulación de los partidos políticos en la región.
Por otro lado, los requisitos para la supervivencia de los partidos políticos también han atravesado por diversas modificaciones, durante el período 1978-2015 (28 reformas). En 6 países, se realizó únicamente una reforma sobre esta materia (Argentina 1985; Brasil 1995; Chile 1987; El Salvador 1992; Guatemala 1985; República Dominicana 1987). En otros 6 países fueron aprobadas dos reformas que afectaban a la supervivencia de los partidos (Bolivia 1999, 2004; Colombia 1994, 2003; Costa Rica 1952, 2009; Honduras 1985, 2004; México 2005, 2014; Venezuela 1997, 2010). Dos países cuentan con 3 reformas en sus ordenamientos jurídicos respecto a esta materia (Nicaragua, 1983, 1987, 2000 y Panamá 1983, 1993, 2002). Por último, Perú representa el caso donde se ha efectuado la mayor cantidad de reformas sobre supervivencia de partidos, en 4 oportunidades (1997, 2003 [I y II], 2005).
Entre los principales aspectos de reforma sobre la supervivencia de los partidos políticos en América Latina se encuentra el porcentaje de apoyos, el número de votos exigidos para poder mantener el registro, el número de cargos políticos conseguidos o no presentarse durante un determinado tiempo a las elecciones. El elemento más reformado es el relativo a la cantidad de votos que debe alcanzar la organización política en cada elección en la que participe. Así, se observa una tendencia hacia el aumento de las exigencias para mantener la supervivencia de las organizaciones partidarias, principalmente, porque la normativa anterior no lo especificaba (Colombia, Costa Rica, El Salvador, Honduras y Nicaragua).
El segundo aspecto de reforma es el referido a la cantidad máxima de años durante los cuales puede no presentarse el partido político sin perder su inscripción. Éste fue el caso de Argentina (1985), Bolivia (2004), Costa Rica (1952), El Salvador (1992), Honduras (2004), Nicaragua (2000), Panamá (1993), Perú (2003), República Dominicana (1997) y Venezuela (2010). De manera similar, el tercer aspecto que ha experimentado modificaciones es el número de escaños o de representantes necesario. Los países que registraron reformas al respecto fueron Bolivia (2004), Colombia (1994), Costa Rica (1952), Guatemala (1985), Honduras (1985), Nicaragua (1987, 2000), Perú (2003, 2005) y República Dominicana (1997).
La regulación e incorporación de mecanismos de inscripción y supervivencia de partidos ha ido intensificándose desde 1978. Por lo general, las reformas orientadas a la inscripción de partidos en 18 países han implicado una mayor regulación de los partidos políticos, al exigir cada vez más requisitos para poder ser incorporados en el registro de partidos o al ampliar la documentación necesaria para registrarse entre otros. De igual manera, las reformas en materia de supervivencia de partidos han estado orientadas a dificultar la supervivencia de los partidos políticos, a través de requisitos cada vez más exigentes.
El Observatorio de Reformas Políticas en América Latina proporciona los datos y análisis de las reformas relacionadas con la inscripción de los partidos políticos, así como con su supervivencia como asociación jurídica. Esta información obtiene cada vez mayor importancia dada la proliferación de nuevos partidos alternativos que desafían los actores tradicionales tanto a nivel nacional como subnacional en diferentes países de la región. Las nuevas agrupaciones pueden cambiar el juego político hacia una mayor fragmentación de los sistemas de partidos y las condiciones para su creación y supervivencia constituyen una pieza clave en esta dinámica.
Referencias
Almond, Gabriel y James Coleman (eds). The Politics of the Developing Areas. New Jersey: Princeton University Press, 1960.
Bareiro, Line y Lilian Soto. Los partidos políticos: condiciones de inscripción y reconocimiento legal. En Nohlen, Dieter et. al. (eds). Tratado de derecho electoral comparado de América Latina (2º Ed.). México DF: Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Universidad de Heidelberg, International IDEA, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Instituto Federal Electoral, 2007: 588-609.
Mair, Peter. Party System Change. Approches and Interpretations. New York: Oxford University Press, 1997.
Román, Gustavo y Chavarría, Danilo. Régimen Organizativo de los partidos políticos en Costa Rica. Revista de Derecho Electoral, 2010, Vol. 9,
Schattschneider, Elmer Eric. Party Government: American Government in Action. New Jersey: Transaction Publishers, New Brunswick, 2009.
Stokes, Susan. Political Parties and Democracy. Annual Review of Political Science, 1999, Vol. 2: 243-267.
Valenzuela, Arturo. Los partidos políticos y los desafíos de la gobernabilidad democrática en América Latina. Fontaine, Arturo et. al. (eds). Reforma de los partidos políticos en Chile. Santiago: PNUD, CEP, Libertad y Desarrollo, Proyectamérica y CIEPLAN, 2008: 21-40.