Los movimientos sociales surgidos durante la década de 1970 desplazaron el debate político centrado en los problemas de distribución económica a los conflictos identitarios (reivindicaciones de género, étnicas, culturales, sexuales, entre otras). Esto reconfiguró el debate político en torno a la representación política y la noción de ciudadanía universal. Lo que se les cuestionaba de fondo a estos dos dispositivos cruciales de la democracia era la necesidad de considerar la diversidad (García 2010: 398).
Los conflictos identitarios revelaron que no bastaba con el reconocimiento de las diferencias de opiniones y creencias entre ciudadanos iguales, sino que se debería incorporar la diferente experiencia e identidad que caracteriza a los distintos grupos que componen a la sociedad. Lo anterior también reveló la inexistencia de prácticas inclusivas de los diseños democráticos para determinadas colectividades, pues estos nuevos conflictos visibilizaron la existencia de grupos históricamente discriminados, lo que condujo a la evidencia de que no todas las personas, desde sus diferentes universalidades, gozan a plenitud de la condición de derechos políticos, sociales y civiles.
Las personas de la diversidad sexual (homosexuales, lesbianas y bisexuales) y de género (personas trans), así como las no binarias, son grupos que todavía no han alcanzado la condición ciudadana digna[1] desde su especificidad sexual de género o no binaria. Para existir y estar en el espacio público se les exige abandonar sus particularidades corpóreas y dejar de ser quienes son realmente para adquirir una performatividad falsa de personas heterosexuales-cisgénero, que es el modelo estándar de ciudadanía validado.
La lucha de estos grupos se ha centrado en enunciarse como sujetos políticos desde sus identidades sexuales, de género o no binarias. Es decir, hacen de su cuerpo y sus identidades un uso político de existencia social y pública, para que desde ahí el Estado y la sociedad les reconozca.
Atendiendo estas discriminaciones históricas contra los grupos de la diversidad sexual y de género, que les ponen en una condición ciudadana precaria con repercusiones contundentes para acceder a una vida digna, desde finales del siglo XX y principalmente a inicios del siglo XXI diferentes países de América Latina han emprendido paulatinamente el reconocimiento de derechos (siendo los primeros países en hacerlo Argentina y Uruguay), hecho que ha sido posible, fundamentalmente, gracias al activismo de las organizaciones y colectivos que representan a estas poblaciones y que han fungido como grupos de presión para que los gobiernos y legisladores escuchen sus demandas.
El reconocimiento de derechos ha tenido dos vertientes, algunas veces se han dado sólo a nivel local y en otras ocasiones a nivel nacional, incluso en el mismo país. En este tenor, se encuentran países que han reconocido varios derechos para la población de lesbianas, gays, bisexuales y personas trans, pero únicamente a nivel local, y unos muy escasos a nivel nacional. Este es el contexto de México, que cuenta con sólo tres derechos LGBT reconocidos a nivel nacional, pero es vanguardia en el reconocimiento de esos derechos a nivel local (López 2019).
La generación del reconocimiento de derechos locales ha suscitado el fenómeno de las llamadas “zonas frendly” o “zonas refugio” (López 2017), que son territorios geopolíticos amigables para estas personas, en el sentido de que ahí su condición ciudadana se potencia, se les reconoce como sujetos acreedores de derechos desde sus diversidades. Los derechos que otorgan estas “zonas refugio” son por lo general: el matrimonio igualitario, la adopción, beneficios sociales y cambio de identidad.
Las “zonas frendly”han desarrollado un fenómeno muy peculiar y es el que las personas LGBT habitantes de otras ciudades emigren a estos sitios para adquirir estos derechos; no obstante, al regresar a sus lugares de origen se enfrentan a una serie de dificultades, pues por lo general no se les reconoce los derechos adquiridos en otra entidad territorial política y deben iniciar juicios para que esos derechos les sean validados en los lugares que habitan. Básicamente la estrategia que se ha desarrollado es la del litigio estratégico. Estos hechos nuevamente revelan la precariedad ciudadana aún con la existencia de este tipo de sitios amigables, pues incluso en las “zonas frendly”no existe una armonización legal con los derechos reconocidos.
Las experiencias de países latinoamericanos que reconocen derechos a nivel nacional son pocas: Argentina (10 derechos), Uruguay (10 derechos) y Brasil (9 derechos) (López, 2019). Y es que atender las demandas de estas poblaciones es muy reciente y novedoso, tanto que casi no se han generado estudios a nivel de América Latina para observar cómo se ha desarrollado este reconocimiento de derechos que concentra la atención en la construcción de democracias inclusivas donde es fundamental la revisión del concepto de “ciudadanía universal”. Sin embargo, hoy por hoy, si se desea fortalecer la democracia, es fundamental pensar en reformas políticas que atiendan las múltiples diversidades.
Se necesita un observatorio sobre las leyes que se han legislado en pro de estos grupos, identificar qué derechos se reconocen, saber si están armonizadas con otros derechos o si son leyes desarticuladas que por sí solas carecen de impacto en la construcción de ciudadanía. Dar seguimiento a los derechos vinculantes que se deben construir y aprender de las buenas prácticas que países de la región han emprendido. Identificar los derechos que se priorizan y sobre los que hay que trabajar de acuerdo con las diversas demandas LGBT, siempre desde un enfoque de género y atendiendo las necesidades diferenciadas que hay entre las poblaciones con orientación sexual no heterosexual y las poblaciones con identidad de género diversa. Esto con el propósito de coadyuvar desde el Observatorio de Reformas Políticas Electorales a la armonización de leyes, que derive en una política pública efectiva y fortalezca la ciudadanía en sus tres ámbitos (derechos políticos, civiles y sociales) para lograr la democracia incluyente.
[1]Total de víctimas LGBT identificadas: Argentina, 31; Barsil, 958; El Salvador, 54; México, 81; Uruguay, 9. (El Tiempo, s.a.).
Referencias
García, Elena. “Problemas de la representación política”. En Aurelio Arteta, Elena. García & Ramón Máiz. Eds. Teoría política: poder, moral, democracia. España. Alianza Editorial. 2010, pp. 387-401.
López Sánchez, Ericka. “La debilidad del marco legal de las ciudadanías sexuadas frente a las políticas públicas en los escenarios subnacionales llamados “zonas refugio””. Estudios Políticos. Documentos de Trabajo. 2017, No 24: 4-19.
López Sánchez, Ericka. “¿Qué tan avanzado es el reconocimiento de derechos ciudadanos de las personas LGBT en América Latina?”. Oráculos de Política y Gobierno. Primer Saque, 14 de febrero de 2019.
El Tiempo, GDA y colaboradores. “A nadie le importó. Crímenes de odio en Colombia y Latinoamérica contra personas de la población LGBT”. El Tiempo, 22 de enero de 2018.
Tabla Comparativa | Base de Datos | Libro de Códigos